Ayudas a la eficiencia
energética de las instalaciones de iluminación de los edificios existentes
Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación de los edificios existentes
Esta medida pretende mejorar la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación interior que se renueven, de forma que cumplan, al menos, con las exigencias mínimas que fija el Código Técnico de la Edificación, reduciendo su consumo de energía. Beneficiarios: • Empresas privadas, Empresas de Servicios Energéticos, particulares y entidades sin ánimo de lucro. Actuaciones subvencionables: • Las actuaciones energéticas incluidas dentro de esta medida serán aquellas que consigan una reducción anual de, al menos, un 25% del consumo de energía convencional en la iluminación interior de los edificios, garantizando un confort lumínico adecuado a la tarea a realizar y que se justifiquen documentalmente. Las actuaciones energéticas podrán ser, con carácter orientativo y no limitativo, las siguientes: o Luminarias, lámparas y equipo: sustitución del conjunto por otro con luminarias de mayor ren¬dimiento, lámparas de mayor eficiencia y reactancias electrónicas regulables y que permitan reducir la potencia instalada en iluminación, al menos, en un 30%, cumpliendo con los reque¬rimientos de calidad y confort visual reglamentados. o Sistemas de control de encendido y regulación de nivel de iluminación: incluirán aquellos sis¬temas de control por presencia y regulación de nivel de iluminación según el aporte de luz natural, consiguiendo un ahorro eléctrico de, al menos, un 20% anual respecto a la instalación sin control o regulación. o Cambio de sistema de iluminación: reubicación de los puntos de luz con utilización de las tec¬nologías anteriores, de forma que se reduzca el consumo eléctrico anual respecto al sistema actual de iluminación, al menos, en el 30%. o Sistema Solatube de iluminación natural será subvencionable siempre que se incluya un sistema de regulación luminoso para encendido y apagado automático de las luminarias existentes. Cuantía de las ayudas: • Con carácter general, la cuantía máxima de la ayuda será del 22% del coste subvencionable, con un máximo de 10.000 euros por edificio de viviendas en bloque y 50.000 euros por edificio destinado a otros usos, no vivienda. Podrá incrementarse esta cuantía al 27% si el edificio es B y al 35% si el edifico es A. Asimismo si se hubiera realizado una auditoría energética previa o una inspección energética esta se subvencionaría con el 75%. Plazo de solicitudes: Enero 2012 Plazo de ejecución: Año 2012.

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