Empresa instaladora inscrita en el Registro de Instaladores de Telecomunicación, Nº 5491 | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | Empresa instaladora de baja tensión, autorizada Nº 000255 | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | Empresa instaladora en posesión del certificado de aprobación de sistema de calidad UNE EN ISO 9001:2000, BS EN ISO 9001:2000, DIN EN ISO 9001:2000, EN ISO 9001:2000, ISO 9001:2000, con aprobación certificado núm: E203310 | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | Instaladores autorizados Televés - TDT SAT - DIGITAL+ - TELECABLE SAT - ASTRA 2CONNECT - | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | INTERNET Y TDT PARA ZONAS SIN COBERTURA!!!!!!!!! VIA SATELITE SUBVENCIONADO !!!!! Solicítenos información | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | TDT SATELITE, LA SOLUCION IDEAL PARA ZONAS SIN COBERTURA. INSTALACIONES SUBVENCIONADAS CON 250 €. | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
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06/05/2010


Subvención destinada a la financiación parcial de renovación de instalaciones eléctricas de baja tensión en edificios de viviendas, ejecutadas con anterioridad al 1 de enero de 1980


 


La Asociación Empresarial de Instalaciones Eléctricas y Telecomunicaciones de Asturias es la entidad gestora de las ayudas destinadas a la financiación parcial de la renovación de instalaciones eléctricas anteriores a 1 de enero de 1980 por importe de 300.000 euros.


 


En síntesis, las bases de las ayudas en cuestión se concretan en las siguientes:


 


            Objeto: La financiación parcial de la renovación integral de las instalaciones eléctricas de baja tensión que hayan sido ejecutadas y puestas en servicio con anterioridad al 1 de enero de 1980, en el interior de edificios de viviendas habitadas, situadas dentro del territorio del Principado de Asturias, las instalaciones renovadas deberán cumplir el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 agosto y demás normativa aplicable.


 


            Cuantía máxima de la subvención: La cuantía máxima de la subvención por cada instalación objeto de renovación no será superior al 50% del gasto subvencionable(excluido el IVA), con un máximo de:


 


            Opción 1: Si se trata de una instalación en interior de viviendas, incluyendo derivación individual: 740 euros vivienda.


 


            Opción 2: Si se trata de la renovación de centralización de contadores, línea general de alimentación y caja general de protección: 110 euros por abonado.


 


            Opción 3: Si se trata de la renovación de derivaciones individuales de todos los suministros del edificio, más las instalaciones incluidas en la opción 2 (centralización de contadores, línea general de alimentación y caja general de protección): 160 euros por abonado. En todo caso, la subvención total por esta partida nunca podrá exceder de 6.000€.


 


            Opción 4 ICP : Si se trata de la reforma o ampliación de la instalación eléctrica de servicios comunes y ascensor: 1.500 euros


 


            Preferencia Opción 3 y Opción 1: Las solicitudes correspondientes a la opción 3 tendrán prioridad sobre todas las demás.


Las solicitudes de la opción 1 tendrán preferencia sobre las solicitudes de la opción 2 y 4.


Una vez resueltas todas las solicitudes de la opción 3 y de la opción 1, en caso de haber disponibilidad presupuestaria, se resolverán las solicitudes de las opciones 2 y 4 por riguroso orden de presentación.


 


            Beneficiarios: Toda persona física o entidad sin ánimo de lucro, con  o sin personalidad jurídica, incluidas las comunidades de propietarios, que sea titular del contrato de suministro eléctrico, que proceda a renovar la instalación eléctrica de baja tensión en el interior de edificios de viviendas habitadas. (En caso de comunidades de propietarios, se entenderá atribuida la representación para la presentación de solicitudes y demás documentación además de al Presidente a la persona que ostente el cargo de Administrador de la misma).


 


            Ámbito Territorial: Los beneficios de la subvención otorgada por la presente Resolución serán aplicables en todo el territorio de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.


 


            Solicitudes: La solicitud deberá presentarse en las oficinas de la Asociación Empresarial de Instalaciones Eléctricas y Telecomunicaciones de Asturias sitas en la calle Río San Pedro, 5, 1ºOficina 2, 33001 Oviedo. El solicitante deberá ser el mismo que figure como abonado en la última factura de la compañía distribuidora a presentar junto a la solicitud.


 


            Plazo de vigencia: La presente convocatoria de ayudas para la sustitución de instalaciones eléctricas de baja tensión en viviendas ejecutadas con anterioridad al 1 de enero de 1980 tendrá vigencia única y exclusivamente durante el ejercicio 2010 (el plan de actuación presentado por la Asociación concluye el día 30/12/2010), y, en todo caso, el número de subvenciones a conceder tiene como límite el coste de la campaña que asciende a 300.000€


 


 


           







10/02/2010


Subvenciones del Principado de Asturias para instalaciones de Internet por satélite y TDT por satélite.


 


La subvención persigue la financiación parcial de la adaptación de los equipos de cabecera de las instalaciones individuales o colectivas de televisión para la implantación de la televisión digital terrenal (TDT) en Asturias vía satélite y exclusivamente en aquellas zonas de sombra, es decir, lugares en los que la señal de TDT sólo sea posible por satélite.


 


Condición de usuario/beneficiario de la subvención: Podrán beneficiarse de la subvención los particulares y comunidades de propietarios en zona de sobra, es decir, que no reciban señal alguna y salvo vía satélite.


 


Únicamente podrá solicitarse el descuento financiado por la subvención con el límite de 250 € por instalación. Se subvencionan los bienes de inversión, es decir, antena parabólica, cable, receptor, etc., pero no la mano de obra.


 


Además, sólo tendrán derecho a subvención las instalaciones efectuadas en la vivienda habitual del solicitante, es decir, de no ser la vivienda habitual del solicitante, podrá instalarse TDT por satélite pero no se tendrá derecho a la percepción de la subvención. La residencia habitual del solicitante se acreditará mediante certificado de empadronamiento o mediante manifestación de voluntad escrita del solicitante en la que autorice al Gobierno del Principado de Asturias para comprobar que el emplazamiento de la instalación se corresponde con su domicilio habitual.


 


Lugar de presentación de documentación:  Al instalador en el momento de efectuar dicha instalación


 


Plazo de ejecución: El plazo para la ejecución de las actuaciones previstas será del día 1 de enero de 2010 al día 30 de diciembre de 2010 (el límite de la cantidad total concedida a la Asociación por el Principado de Asturias).


 


Cuantía de las subvenciones: La cuantía de los descuentos financiados por la subvención es de 250 € para subvencionar parcialmente bienes de inversión (antena, receptor, cable, etc.)


 







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